Eres una persona jurídica, cuando:
como emprendedor, te has asociado con una o más personas para iniciar un emprendimiento.
Sociedad de hecho:
formada por la agrupación de dos o más personas que no se constituyen bajo ningún tipo de compañía en particular y que no se rige bajo ninguna instrumentación. Es más bien una unión de facto entre dos o más personas para llevar a cabo una actividad comercial.



Ante el SRI debes cumplir con:
Anexos
- Impuesto a la Renta
*Si tiene saldo a favor de IR
- Impuesto a la Renta
*Si cumple con las 10 fracciones (individual) ó 20 (conyugales) básicas desgravadas
Ante el Municipio
Si tiene empleados:
Si tienes local comercial, establecimiento, oficina o bodega: