Si como persona natural bajo relación de dependencia, el año pasado presentaste tu proyección de gastos personales a la empresa en la que laboras, deberás elaborar este año el desglose de esos gastos, o el llamado anexo en línea. Esto lo puedes hacer a través del sistema que para ello tiene el SRI en su página web.
¿Quiénes lo deben presentar?
- Las personas naturales que deben presentar el Anexo de Gastos Personales son aquellas que durante el año pasado hayan tenido gastos superiores a USD 5 606, que es el 50% de la base imponible, que para 2021 fue de USD 11 212.
- El total de gastos personales deducibles será de hasta el 50% de los ingresos gravados del contribuyente sin que superen los valores de USD 14.575,60 para el territorio continental y USD 26.280,93 para Galápagos.
- El total de gastos personales deducibles será de hasta el 50% de los ingresos gravados del contribuyente sin que superen los valores de USD 14.575,60 para el territorio continental y USD 26.280,93 para Galápagos.
- Si no presentaste el formulario de proyección de gastos en el año anterior, pero si tuviste gastos y deseas que el SRI te devuelva parcial o totalmente el impuesto retenido por tu empleador, según lo que arroje este anexo.
- Si deseas beneficiarte de la deducción de gastos personales, que sean que lleves contabilidad o no, para pagar menos impuesto sobre la renta.
Actualizaciones para el 2022
La fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta para el período fiscal 2022 es de USD 11.310,00, y serán deducibles los gastos realizados en el país sustentados en comprobantes de venta por concepto de:
- Arriendo o pago de intereses por créditos para adquisición de una sola vivienda.
- Alimentación.
- Pensiones alimenticias.
- Vestimenta.
- Turismo nacional en establecimientos registrados y con LUAE La Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas).
- Salud.
- Educación (incluye los gastos efectuados en arte y cultura).
- Arriendo o pago de intereses por créditos para adquisición de una sola vivienda.
Los valores correspondiente al decimotercer o decimocuarto sueldos y por fondos de reserva no se tomarán en cuenta como ingresos para calcular la proyección de gastos.
¿En qué fechas se debe presentar el anexo?
Tomando como referencia el noveno dígito de la cédula o el RUC, debes atender el siguiente cronograma:
9no dígito de cédula o RUC | Fecha máxima de entrega |
1 | 10 de febrero |
2 | 12 de febrero |
3 | 14 de febrero |
4 | 16 de febrero |
5 | 18 de febrero |
6 | 20 de febrero |
7 | 22 de febrero |
8 | 24 de febrero |
9 | 26 de febrero |
0 | 28 de febrero |
¿Qué sanciones hay si no se presenta el anexo?
La sanción pecuniaria por no presentar este anexo en las fechas programadas se establece de la siguiente manera:
- $ 30,00 para personas naturales bajo relación de dependencia o no, que no tengan obligación de llevar contabilidad, que no lo hayan presentado por omisión y ésta no haya sido notificada aún por parte de la administración tributaria.
- $ 45,00 para personas naturales obligadas a llevar contabilidad, que no lo hayan presentado por omisión y ésta no haya sido notificada aún por parte de la administración tributaria.
- Si la omisión no califica como justificación ante la no presentación del anexo por parte del contribuyente, la multa será mayor.
¿Cómo elaborar el anexo?
El Anexo de Gastos Personales se puede elaborar en línea a través del portal del SRI. Esta es una herramienta destinada a facilitar el cumplimiento de este deber formal, permitiéndole al contribuyente elaborarlo de forma simplificada por medio del registro de facturas físicas y electrónicas. Permite el almacenamiento temporal, con lo que el contribuyente puede elaborar el anexo en cualquier momento.
El contribuyente deberá ingresar con su número de cédula o RUC y su clave. Si no está registrado, debe generar su usuario con la cédula o el RUC y el sistema le generará una clave de acceso. Si olvidó la clave, el sistema le enviará una nueva al correo que indicó en el registro.
Debe seguir detalladamente el siguiente procedimiento:
- Ingrese a Servicios en Línea del SRI:
http://www.sri.gob.ec/web/guest/servicios-en-linea5 - Seleccione la opción 2: Anexo de gastos personales en línea.
- Si ya es usuario ingrese a este link:
https://srienlinea.sri.gob.ec/tuportal-internet/j_security_check - Si no se ha registrado, ingrese a este link para ver los requisitos que deberá llevar a la oficina de SRI para poder registrarse:
http://www.sri.gob.ec/web/guest/requisitos-personas-naturales - Deberá llenar todos los campos que indican para el Registro de dependientes,
- Es importante tener todas las facturas físicas o electrónicas a su nombre, que no estén duplicadas, que justifiquen sus gastos del año anterior.
- Ingrese a Servicios en Línea del SRI:
Contadores online.
Planeación de impuestos.
Constitución de SAS.
La contabilidad no es solo una obligación legal, o algo que debe llevarse porque no hay más remedio. Es tan importante y útil porque, no sólo permite conocer el pasado y el presente de una empresa, sino el futuro, lo que viene a ser lo más interesante.