Sociedad de hecho:
- formada por la agrupación de dos o más personas que no se constituyen bajo ningún tipo de compañía en particular y que no se rige bajo ninguna instrumentación. Es más bien una unión de facto entre dos o más personas para llevar a cabo una actividad comercial.
Eres una persona jurídica, cuando:
como emprendedor, te has asociado con una o más personas para iniciar un emprendimiento.
Si funcionas bajo una sociedad de hecho, éstos son los cumplimientos que debes atender ante cada organismo:
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Ante el SRI debes cumplir con:
- IVA mensual 12%
- Declaración de retenciones en la fuente
- Anexos
- Impuesto a la Renta
- Si tiene saldo a favor de IR
- Anticipo de IR
- Declaración Patrimonial
- Si cumple con las 10 fracciones (individual) ó 20 (conyugales) básicas desgravadas
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Ante el Municipio
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Si tiene empleados:
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Si tienes local comercial, establecimiento, oficina o bodega:
Evita multas y suspensiones.
Contabilidad.
Impuestos.
Nómina.
Permisos.
Asesórate con los expertos.